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Revisión de las asignaciones para gastos de locomoción

Susana Martín 18 de jul. 2023

Por el actual incremento del coste de vida y los carburantes, ocasionado por la guerra de Ucrania, se ha revisado la Orden HFP/792/2023.

Esta orden ha actualizado la cuantía de las dietas y asignaciones para gastos de locomoción establecidas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, según lo aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo. Estas modificaciones tienen como objetivo principal eximir del gravamen las asignaciones destinadas por las empresas para compensar los gastos de los empleados o trabajadores que se desplacen fuera de su lugar habitual de trabajo. A continuación, detallamos las nuevas condiciones e importes establecidos.

Detalles de las asignaciones para gastos de locomoción:

  1. Cuando el empleado o trabajador utilice medios de transporte público, el importe del gasto de locomoción se justificará mediante factura o documento equivalente. Este aspecto no ha sufrido cambios.
  2. Se ha establecido una nueva cantidad para calcular las asignaciones por gastos de locomoción en casos de desplazamientos en vehículo propio. Ahora se computará a razón de 0,26 euros por kilómetro recorrido (anteriormente era de 0,19 euros). Es importante destacar que se requerirá la justificación de la realidad del desplazamiento, así como de los gastos de peaje y aparcamiento.

Vigencia y repercusión en la nómina:

Este cambio normativo entró en efecto a partir de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 17 de julio de 2023. En consecuencia, tendrá una implicación directa en la próxima nómina de los trabajadores que reciben este tipo de asignaciones, ofreciéndoles un mayor respaldo económico para cubrir los gastos de locomoción.

Contacto y asesoramiento:

Si necesitas más información o asesoramiento sobre la revisión de asignaciones para gastos de locomoción, no dudes en contactar con el equipo de Employment Advisory.

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