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Nuevos impuestos: Gravámenes a multinacionales, bancos y productos de nicotina

Francesc Turó 22 de gen. 2025

Tal como indicamos se han introducido tres nuevos impuestos al sistema tributario español:

La Ley 7/2024, de 20 de diciembre, establece un Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y grupos nacionales de gran magnitud, un Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras y un impuesto sobre líquidos para cigarrillos electrónicos y productos relacionados con el tabaco. 

1. Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud.

Este impuesto busca garantizar la tributación mínima efectiva del 15% para grandes grupos multinacionales y nacionales con ingresos consolidados iguales o superiores a 750 millones de euros.

El impuesto se articula para asegurar que las entidades de estas características que operen en España directamente o como parte de un grupo contribuyan con al menos el porcentaje mínimo de gravamen si sus ingresos han sido infra-tributados en otras jurisdicciones.

La creación de este impuesto se acompaña de modificaciones en la Ley del IS destinadas a establecer la no deducibilidad del impuesto, adaptar los tipos impositivos efectivos y las obligaciones de información.

2. Impuesto sobre margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras.

Se trata de un tributo de naturaleza directa que grava el margen de intereses y comisiones obtenido por entidades de crédito, sucursales de entidades de crédito extranjeras y establecimientos financieros de crédito, derivado de la actividad que desarrollen en territorio español.

3. Impuesto sobre los líquidos de cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco.

Este tributo recae sobre el consumo de líquidos para cigarrillos electrónicos, bolsas de nicotina y otros productos de nicotina. Resultará de aplicación en todo el territorio español, excepto en Ceuta, Melilla y Canarias. 
El RDL 9/2024 establecía su aplicación a partir del 1 de abril de 2025. (1)

A continuación, dejamos una ampliación al artículo completo sobre Novedades Tributarias de 2024 y 2025: Nuevos Impuestos y Ajustes Clave. 

(1) El Real Decreto Ley 9/2024 no fue finalmente convalidado el 22/01/2025, por lo que esta medida ha decaído y estaremos pendientes de si, finalmente, es aprobada mediante otra norma.

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