
CBAM 2026: qué es, a quién afecta y qué obligaciones exige en la UE
CBAM 2026: sectores afectados, requisitos y certificados CBAM
El 1 de enero de 2026 entra en vigor el CBAM. Determinadas organizaciones se verán afectadas por esta nueva reglamentación de la UE. Te aclaramos todas las dudas.
¿Qué es el CBAM?
El CBAM es un impuesto o tarifa sobre la importación de ciertos productos, en función de la cantidad de emisiones de carbono asociadas a su producción. Está diseñado para garantizar que las empresas que operan en políticas climáticas más estrictas no se vean en desventaja competitiva en relación con aquellas ubicadas en países con regulaciones más laxas, además de fomentar una producción industrial más limpia en países no pertenecientes a la Unión Europea (UE) y, por lo tanto, prevenir el riesgo de “fuga de carbono”. La fuga de carbono se produce cuando las empresas con sede en la UE trasladan la producción intensiva en carbono al extranjero donde hay políticas climáticas menos estrictas.
¿Dónde se regula el CBAM?
El CBAM forma parte del conjunto de medidas legislativas de la UE conocido como “Fit to 55”, y se configura como instrumento para cumplir los objetivos climáticos fijados por la UE de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero.
En concreto, el CBAM se recoge en el Reglamento (UE) 2023/956 del Parlamento Europeo y del Consejo de 10 de mayo de 2023.
¿Qué sectores están afectados por el CBAM?
Los sectores afectados inicialmente por el CBAM son: cemento, hierro y acero, aluminio, fertilizantes, hidrógeno y electricidad. Los productos concretos de estos sectores que están bajo el alcance del CBAM se pueden encontrar en el Anexo I del Reglamento (UE) 2023/956.
Los sectores mencionados engloban a las industrias con mayor riesgo de fuga de carbono y donde el impacto del mecanismo es más significativo. Pese a ello, la UE está evaluando la ampliación del Reglamento CBAM a otros sectores y productos derivados en un futuro próximo.
¿A qué organizaciones afecta el CBAM?
El CBAM impacta en los importadores de las mercancías afectadas y a los fabricantes en territorios fuera de la UE que deberán informar a sus clientes sobre las emisiones liberadas en sus instalaciones durante el proceso productivo. En definitiva, afectará indirectamente a cualquier operador de la cadena de suministro relacionado con los sectores de actividad antes indicados.
¿Cuándo entra en vigor el CBAM?
Tras un periodo transitorio de dos años, a partir del 1 de enero de 2026, el mecanismo entra plenamente en vigor.
¿Qué requisitos deben cumplir las empresas obligadas?
- Los exportadores deben informar a los importadores de la UE sobre las emisiones de CO2 que sus productos han generado durante la producción.
- Los importadores deben comprar tantos certificados CBAM como emisiones implícitas existan en las mercancías importadas. El precio del certificado se basará en el precio semanal promedio del sistema de comercio de derechos de emisión de la UE.
A más tardar el 30 de septiembre de cada año, y por primera vez en 2027 por lo que respecta a los datos de importaciones realizadas en 2026, los importadores deben presentar una declaración CBAM anual.
La declaración CBAM deberá contener la siguiente información:
a) La cantidad total de cada tipo de mercancía importada en el año natural anterior, expresada en megavatios/hora, en el caso de la electricidad, y en toneladas para las demás mercancías.
b) El total de emisiones implícitas expresadas en toneladas de emisiones de CO2e por megavatio/hora de electricidad o en toneladas de emisiones de CO2e por tonelada de cada tipo de mercancía para las demás mercancías. El Reglamento (UE) 2023/956 establece metodologías específicas para el cálculo de las emisiones incorporadas.
c) El número total de certificados CBAM correspondientes al total de emisiones implícitas a que se refiere el apartado b) anterior. Si los productos han pagado un precio por carbono en su país de origen, este coste se puede deducir de la factura de los certificados CBAM para evitar que el mismo carbono sea gravado dos veces.
d) Copias de los informes de verificación de las emisiones de CO2 emitidas, emitidos por organismos de verificación acreditados.
¿Hay exenciones?
Sí, las empresas que importen de forma acumulada menos de 50 toneladas de productos cubiertos por el CBAM en un año natural, así como los envíos individuales de mercancías con un valor inferior a 150 € no están sujetos a las normativas del CBAM.
Las importaciones de electricidad e hidrógeno no tienen exención y están completamente sujetas al CBAM.
Conclusión
En resumen, el CBAM pretende generar cambios profundos en las dinámicas comerciales globales ya que incentiva la descarbonización a lo largo de toda la cadena de valor y favorece que los productos con bajas emisiones obtengan ventajas competitivas.