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Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible: obligaciones de movilidad al trabajo para empresas

Jordi Martínez 11 dic 2025

Nuevas obligaciones de movilidad sostenible al trabajo

El pasado 4 de diciembre se publicó en el BOE la Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible, que introduce nuevas obligaciones de movilidad sostenible al trabajo para determinadas organizaciones. Esta nueva normativa de movilidad sostenible afecta tanto a empresas privadas como a entidades del sector público que deben adaptar su política de desplazamientos al trabajo.

La Ley de Movilidad Sostenible establece el marco para que tanto las entidades públicas como las empresas privadas avancen hacia una movilidad más accesible, eficiente y sostenible, teniendo en cuenta que el transporte representa una parte importante de las emisiones de gases de efecto invernadero. El texto legal incorpora un abanico muy amplio de medidas, entre ellas nuevas obligaciones empresariales en materia de movilidad sostenible al trabajo para reducir el uso mayoritario del vehículo privado, modalidad de transporte que contribuye no solo a la contaminación, sino también a la congestión urbana y al estrés asociado a los atascos.

¿Cuáles son las nuevas obligaciones de la Ley 9/2025?

Las organizaciones afectadas por la Ley 9/2025 deberán implantar un Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo (PMST) con plazos y requisitos concretos. En particular:

  • Elaborar un Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo (PMST) antes del 5 de diciembre de 2027 (dos años desde la aprobación de la Ley 9/2025).
  • Realizar un seguimiento y evaluación del PMST cada dos años, a partir de su fecha de aprobación.

¿Qué organizaciones están obligadas a implantar un PMST?

Están obligadas todas las empresas privadas y entidades del sector público que cuenten con centros de trabajo con más de 200 personas trabajadoras, o 100 por turno, cuyo centro de trabajo habitual sea dicho centro de actividad.
Esto implica que una parte relevante del tejido empresarial deberá revisar su modelo de movilidad al trabajo y adaptarlo a los criterios de movilidad sostenible de la Ley 9/2025.

¿Qué aspectos se han de tener en cuenta en la elaboración del PMST?

Los Planes de Movilidad Sostenible al Trabajo (PMST) deben ser negociados con la representación legal de las personas trabajadoras. En aquellas organizaciones donde no exista dicha representación legal, se creará una comisión negociadora constituida, de un lado, por la representación de la empresa y, de otro lado, por una representación de las personas trabajadoras, integrada por los sindicatos más representativos y por los sindicatos representativos del sector al que pertenezca la empresa. Este planteamiento es similar al que ya se exige para la negociación de los planes de igualdad.

Los PMST deben tener en cuenta la movilidad no solo de las personas trabajadoras, sino también de proveedores, visitantes y cualquier otra persona que deba acceder al centro de trabajo. Asimismo, deberán tener en cuenta el plan de movilidad sostenible de la entidad local en cuyo ámbito territorial se ubique el centro de trabajo, de forma que exista coherencia entre las medidas empresariales y la planificación municipal.

Medidas de movilidad sostenible que puede incluir el PMST

Los Planes de Movilidad Sostenible al Trabajo deben incluir soluciones de movilidad sostenible concretas adaptadas a cada organización. La Ley propone varios ejemplos de medidas que se pueden incorporar, como son:

  • El impulso de la movilidad activa (fomento de desplazamientos a pie o en bicicleta).
  • El uso del transporte colectivo (transporte público u organizado por la empresa).
  • La movilidad de bajas emisiones, mediante la utilización de vehículos eléctricos o híbridos.
  • Soluciones de movilidad compartida y colaborativa (carsharing, motosharing, carpooling, es decir, compartir desplazamientos entre varios empleados).
  • Soluciones para facilitar el uso y recarga de vehículos cero emisiones.
  • El teletrabajo, cuando sea posible, como herramienta para reducir los desplazamientos al centro de trabajo.
  • Medidas para la mejora de la seguridad vial y la prevención de accidentes en los desplazamientos al centro de trabajo.

Para los centros de alta ocupación (más de 1.000 trabajadores en municipios o áreas metropolitanas con más de 500.000 habitantes) se exigen medidas adicionales para reducir la movilidad y promover medios de transporte de bajas o cero emisiones, así como la movilidad colaborativa y activa.

Otros aspectos relevantes de la Ley de Movilidad Sostenible

Con el objetivo de incentivar la movilidad sostenible al trabajo, la Ley 9/2025 prevé que las organizaciones obligadas puedan ofrecer a sus empleados tarjetas de transporte tramitadas por empresas autorizadas en régimen fiscal favorable, conforme a la normativa vigente del IRPF.

Las organizaciones podrán incorporar la función de gestor de movilidad en su estructura organizativa, una figura dedicada a coordinar y hacer seguimiento del Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo, si bien se trata de un aspecto voluntario.

Relación con la normativa autonómica vigente

La Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible no revoca ni deroga automáticamente las obligaciones autonómicas ya vigentes en materia de planes de movilidad al trabajo.

Por ejemplo, Catalunya ya requería planes de movilidad a las empresas con centros de trabajo con más de 500 empleados o con más de 200 empleados en zonas con problemas de calidad del aire (Barcelona, Vallès-Baix Llobregat, Penedès-Garraf, Camp de Tarragona, Plana de Vic y Comarcas de Girona).

Estas organizaciones deben cumplir ahora con las nuevas obligaciones de la Ley 9/2025 por lo que, en la práctica, deberán adaptar, actualizar o ampliar sus planes de movilidad existentes.

¿Qué sanciones prevé la Ley 9/2025?

El incumplimiento de la obligación de disponer de un Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo (PMST) o de no realizar su seguimiento en los plazos previstos se considera una infracción de carácter leve. Las sanciones previstas oscilan entre 101 y 2.000 euros. Se establece un plazo de prescripción de seis meses tanto para la infracción como para la sanción.

Conclusión: impacto de la Ley de Movilidad Sostenible

En definitiva, la Ley de Movilidad Sostenible es un instrumento jurídico clave que pretende ser un punto de inflexión en la manera en que las administraciones y las empresas abordan los desplazamientos asociados a la actividad económica. El objetivo final es mejorar la calidad del aire e impulsar la transición hacia una economía baja en emisiones, y en este reto todas las empresas y entidades públicas juegan un papel fundamental.

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