Canal Ético de Denuncias, Informaciones y Comunicaciones

Canal Ético de Denuncias, Informaciones y Comunicaciones

Baker Tilly cuenta con un Canal Ético de Denuncias, Informaciones y Comunicaciones que permite elevar cualquier posible irregularidad, incumplimiento o comportamiento contrario a la ética, la legalidad y las normas que rigen la organización. 

Las personas legitimadas conforme a la Ley 2/2023 podrán realizar comunicaciones para informar sobre acciones u omisiones que puedan constituir infracciones del Derecho de la Unión Europea o que puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave, y en todo caso aquellas que impliquen quebranto económico para la Hacienda Pública o para la Seguridad Social.

Las comunicaciones podrán realizarse por escrito, verbalmente o de ambas formas, siendo el Sistema Interno de Información el cauce preferente para informar sobre dichas conductas.

Si la información se comunica por escrito, podrá presentarse mediante correo postal dirigido a:

Baker Tilly Iberia, S.L.P., 

A la atención del Responsable del Sistema Interno de Información 

Avenida Josep Tarradellas, 123 - P.9 

Barcelona, 08029

O a través del correo electrónico habilitado: canal.denuncias@bakertilly.es.

Asimismo, la persona informante podrá indicar un domicilio, correo electrónico o lugar seguro a efectos de recibir notificaciones.

Si se opta por la vía verbal, la comunicación podrá realizarse mediante vía telefónica o sistema de mensajería de voz. A solicitud de la persona informante, también podrá presentarse mediante reunión presencial, que deberá celebrarse en el plazo máximo de siete días desde la solicitud.

En determinados casos, la comunicación podrá ser grabada, informándose previamente a la persona informante sobre el tratamiento de sus datos personales, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016.

El canal se basa en los principios de confidencialidad y prohibición de represalias. Es posible realizar comunicaciones anónimas, si bien te animamos a identificarte para poder comunicarnos contigo en caso de necesitar información adicional. 

El Canal Ético de Denuncias, Informaciones y Comunicaciones complementa y no sustituye a los canales de comunicación habituales de la organización con las personas empleadas, colaboradoras y otras terceras con los que mantiene una relación laboral, comercial o profesional directa. En este sentido, los interesados procurarán utilizar dichos cauces para la resolución efectiva de cada caso, con carácter previo al Canal. 

Este canal no es el cauce habilitado para plantear consultas y/o dudas sobre la interpretación de la legalidad y normas de la organización. Para ello puede enviar un correo a la siguiente dirección compliance@bakertilly.es. 

Gracias a esta plataforma y con tu colaboración responsable, podemos detectar si se están produciendo conductas que contravengan a nuestros principios. 

¿Quién puede ser informante? 

De acuerdo con la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra corrupción, podrán hacer uso de esta herramienta las siguientes personas: 

  • Cualquier persona del grupo empleada, administradora o directiva de Baker Tilly, así como cualquier persona que trabaje bajo la supervisión y la dirección de fabricantes, proveedores, contratistas y subcontratistas de la organización que, en un contexto laboral (tanto si la relación laboral aún no ha comenzado, como si esta ya ha finalizado), comercial o profesional, haya tenido conocimiento de infracciones, irregularidades o incumplimientos.
  • Personal externo como consultores, proveedores, autónomos y becarios.
  • Personas jurídicas con las que la organización ha establecido o planea establecer alguna relación de negocios, incluidos clientes, consumidores, contratistas, consultores, subcontratistas, proveedores, vendedores, asesores, agentes, distribuidores, representantes, intermediarios, inversores, socios de empresas conjuntas, socios de consorcios, proveedores de subcontratación o alianzas empresariales.
  • Representantes sindicales.
  • Cualquier otra persona que haya desempeñado o vaya a desempeñar cualquiera de los cargos establecidos en este apartado. 

¿Cómo puedo acceder al Canal? 

Puedes acceder al Canal Ético de Denuncias, Informaciones y Comunicaciones a través del enlace que encontrarás en esta página y que conecta a la plataforma externa, segura y confidencial, donde tus comunicaciones quedarán registradas, garantizando la confidencialidad e integridad en todo momento. El Canal Ético de Denuncias, Informaciones y Comunicaciones está disponible las 24 horas del día y permite comunicar incidencias de forma escrita. El Canal Ético se encuentra en una plataforma contratada a un proveedor externo, brindando de mayores garantías de seguridad y confidencialidad a los informantes. 

Una vez hayas interpuesto tu comunicación, podrás hacer seguimiento de esta mediante la contraseña de acceso generada automáticamente.   

Para acceder al formulario habilitado en el Canal Ético de Denuncias, Informaciones y Comunicaciones deberás aceptar previamente la Política de Privacidad. 

¿Puedo reportar anónimamente? 

Sí, si bien te animamos a que te identifiques, puesto que nos permite llevar a cabo una investigación más eficiente de los hechos reportados. Ten en cuenta que la organización garantizará siempre la confidencialidad de las comunicaciones recibidas a través del Canal Ético o los demás canales internos habilitados al efecto, así como la no adopción de represalias. 

¿Qué información debo aportar al hacer la comunicación? 

Para poder valorar una denuncia, esta debe contener: 

  1. Datos identificativos de la persona que realiza la comunicación (salvo cuando se opte por el anonimato);
  2. Si se conocen, datos identificativos de la persona/s a las que se atribuye la incidencia;
  3. Una descripción de los hechos denunciados, concretando en la medida de lo posible la vulneración de la normativa que se aprecie, la fecha, personas implicadas y testigos;  
  4. Si se cuenta con ellas, pruebas o evidencias que soporten los hechos comunicados. 

¿Cuáles son las garantías en caso de usar el Canal Ético de Denuncias, Informaciones y Comunicaciones? 

El Canal Ético de Denuncias, Informaciones y Comunicaciones cuenta con las medidas de seguridad técnicas y organizativas adecuadas para evitar el riesgo de divulgación, indisponibilidad y pérdida o destrucción de la información. 

El responsable del Sistema Interno de Información y cualquier otra persona que, siempre que sea estrictamente necesario para la adecuada gestión de la comunicación, tengan conocimiento de la misma, estarán obligadas a mantener rigurosa confidencialidad de las comunicaciones en todos sus extremos, incluyendo los datos de las partes intervinientes en el proceso, en especial acerca de la identidad tanto del informante como de la persona denunciada. 

Además, la persona que haga uso del Canal Ético de Denuncias, Informaciones y Comunicaciones puede formular la comunicación de forma anónima. 

La organización protegerá a toda persona que utilice el Canal Ético de Denuncias, Informaciones y Comunicaciones de buena fe de cualquier tipo de represalias. No obstante, la realización de denuncias falsas puede llevar aparejada la imposición de medidas disciplinarias. 

¿Qué sucede tras haber presentado una comunicación? 

Una vez planteada la comunicación sobre una posible incidencia, el informante recibirá un acuse de recibo de esta en un plazo no superior a 7 días hábiles de la recepción de la misma. Tras realizar un primer análisis de la incidencia, se decidirá sobre la admisión a trámite de la comunicación en caso de considerar que la misma puede ser potencialmente veraz, o la inadmisión de la comunicación por falta de indicios razonables, por no contener los requisitos mínimos exigidos o por haber sido los mismos hechos, denunciados ante cualquier órgano judicial o administrativo. De ser admitida la comunicación, el Responsable del Sistema Interno de Información nombrará a un instructor del caso que llevará a cabo la investigación de los hechos de forma objetiva, exhaustiva y profesional. 

Concluida la investigación, se informará a los sujetos investigados de las decisiones adoptadas, y se informará al informante, siempre que sea posible, de la conclusión del procedimiento, así como del resultado en términos generales. 

Canales Externos de Información y Comunicación a las autoridades competentes 

El Canal Ético de Denuncias, Informaciones y Comunicaciones constituye el cauce preferente para poner en conocimiento cualquier posible irregularidad. No obstante, las personas informantes podrán acudir igualmente a los canales externos habilitados por las autoridades competentes, de conformidad con lo previsto en la Ley 2/2023.

A tal efecto, podrán dirigirse a la Autoridad Independiente de Protección del Informante (A.A.I.), de ámbito estatal (https://www.proteccioninformante.gob.es/), o, en el territorio de Cataluña, por ejemplo, a la Oficina Antifrau de Catalunya (https://seuelectronica.antifrau.cat ), como organismos competentes para la recepción y tramitación de comunicaciones externas conforme a la Ley 2/2023.

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