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Plan de Inspección 2024 en Cataluña para fundaciones y asociaciones

Sergi Pina 20 dic 2023

Este anuncio es significativo para todas las entidades catalanas concernidas.

La Generalitat de Cataluña ha publicado recientemente los criterios que aplicará el Protectorado catalán en 2024 para la inspección de fundaciones y asociaciones declaradas de utilidad pública en la región. 

El pasado 18 de diciembre la Generalitat de Cataluña publicó los criterios que el Protectorado catalán aplicará, para el año 2024.

En este sentido, queremos destacar que NO ha habido cambios significativos en relación con el plan previsto para el ejercicio anterior, manteniéndose los aspectos introducidos en ejercicios anteriores (referentes a la transparencia o venta de inmovilizado) y se incorpora una referencia a aspectos derivados del “blanqueo de capitales”.

Debemos recordar que, si bien la resolución establece “prioridades de supervisión”, no significa que otras entidades - por otros indicios que detecte el Protectorado - no puedan estar sujetas a revisión. Según se establece en la resolución, se va a priorizar la revisión de entidades de acuerdo con los siguientes criterios:

  • Entidades que no hayan dado debido cumplimiento a la obligación legal de presentar las Cuentas Anuales.
  • Que destinen recursos a gastos no relacionados directamente con el objeto fundacional o asociativo, o estos sean desproporcionados respecto al volumen de ingresos de la entidad.
  • Que realicen transacciones con entidades del grupo y asociadas, o con otras entidades o partes vinculadas, con la finalidad de evitar cualquier actuación de los patronatos o de los órganos de gobierno de las asociaciones, así como las personas con responsabilidades directivas, que pongan de manifiesto una actuación contraria a los intereses de la entidad o a sus finalidades.
  • Que se consideren inactivas – Nota: La ley del Protectorado considera una entidad como inactiva cuando no haya presentado las cuentas anuales en los tres últimos ejercicios o cuando el patronato activo tenga menos de tres miembros o cuando no se haya presentado ningún documento en el Registro del Protectorado durante los tres últimos ejercicios.
  • Asimismo, y como hemos anticipado, se mantiene el criterio que se introdujo el pasado ejercicio referente a las fundaciones y asociaciones declaradas de utilidad pública que lleven a cabo operaciones de enajenación de bienes de su patrimonio, sin acreditar que estas operaciones se han realizado con criterios económico-financieros y de mercado.

Los anteriores, son los criterios base que pueden provocar la actuación inspectora del Protectorado; no obstante, una vez ejercido un “cribado” por aplicación de los mismos, de entre las entidades que se determine revisar se empezará por aquellas que:

  • En sus estatutos se determina como finalidad la de realizar actividades sociales y de prestación de servicios a la infancia y la adolescencia, personas con discapacidades, con enfermedades mentales, con dependencia; personas mayores; a las mujeres, y a personas LGTBI+.
  • Y aquellas que no den cumplimiento a las obligaciones de transparencia impuestas por la normativa (a estos efectos recordar “la campaña” que hubo en 2021 por el que muchas fundaciones que no habían notificado su “portal de transparencia” al Protectorado de la Generalitat fueron requeridas a dar cumplimiento de esta obligación… por lo que si hay entidades que no han recibido el requerimiento, pero no han dado debido cumplimiento a sus obligaciones de transparencia, les animamos a que lo afronten tan pronto les sea posible para evitar “males mayores”).
  • Como novedad respecto a los años anteriores y dado que las fundaciones se consideran vulnerables al riesgo de abuso por actividades de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, se dará prioridad a aquellas entidades con mayor riesgo, teniendo en cuenta factores como la actividad, el ámbito geográfico de actuación o el volumen de fondos gestionados.

Pueden acceder al contenido íntegro de la resolución haciendo clic aquí y si están interesados en artículos que hemos publicado sobre transparencia pueden hacer clic:

  • Aquí sí quieren información sobre los requerimientos de transparencia realizados durante el 2021.
  • Aquí para acceder al contenido de la circular que preparamos en relación con la transparencia.
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