07 AERIAL

Baker Tilly ejecuta en España una sentencia italiana en un procedimiento de insolvencia internacional

Ignasi Blajot 20 abr 2026

Un caso de ejecución transfronteriza con implicaciones de insolvencia

Desde Baker Tilly, seguimos reforzando nuestra capacidad para gestionar procedimientos internacionales complejos, como demuestra la ejecución con éxito en España de una sentencia dictada en Italia contra una persona deudora insolvente. En palabras de Raúl Verdejo, responsable del procedimiento, este caso, complejo por su naturaleza transfronteriza y por la situación patrimonial de la persona ejecutada, constituye un ejemplo claro de nuestra experiencia en la gestión de procedimientos internacionales de alta dificultad.

La resolución italiana —dictada por un Tribunal de la región de Lombardía en noviembre de 2022— reconocía a favor de la parte cliente de Baker Tilly un crédito cercano a los 200.000 euros, incluyendo también las costas del proceso tramitado en Italia. Conforme a la legislación española, a esa cantidad se sumaba un importe adicional por intereses y costas de la ejecución en España, que ascendía a aproximadamente 60.000 euros.

El procedimiento implicaba, por tanto, la recuperación de un total relevante, con el reto añadido de que la persona deudora no había cumplido voluntariamente con la sentencia italiana y, además, residía en España, presentando una situación de insolvencia en su país de origen.

De Italia a España: un proceso de ejecución transnacional

Para lograr la ejecución efectiva del fallo italiano en España, el equipo de Baker Tilly inició, en noviembre de 2023, la correspondiente demanda ejecutiva ante el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Reus. La presentación se realizó acompañando todos los documentos exigidos por la Disposición Final 25ª de la Ley de Enjuiciamiento Civil y por el Reglamento (UE) 1215/2012, que facilita el reconocimiento y ejecución automática de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil dentro de la Unión Europea, sin necesidad de reconocimiento previo en España. 

Tras examinar la documentación y comprobar que cumplía los requisitos formales y materiales, el juzgado dictó, en diciembre de 2023, un auto por el que se iniciaba la ejecución por la totalidad de las cantidades reclamadas. Este paso marcó el inicio de las actuaciones de averiguación patrimonial y embargo que se desarrollaron posteriormente.

Localización de bienes, embargo de cuentas y traba de un inmueble

Una vez iniciada la ejecución, desde Baker Tilly pusimos en marcha las actuaciones de averiguación patrimonial a través del juzgado, un mecanismo habitual para identificar bienes y derechos a nombre de la persona ejecutada. Gracias a esta investigación, se identificaron cuentas bancarias de la persona deudora en España, sobre las cuales se practicó un primer embargo. Este embargo inicial permitió cubrir parte del crédito reconocido, aunque sin alcanzar la totalidad de las cantidades reclamadas. 

Ante la insuficiencia de los saldos embargados, fue preciso solicitar la mejora del embargo, facultad prevista en la Ley de Enjuiciamiento Civil cuando los bienes ya trabados no resultan suficientes para garantizar las cantidades reclamadas. El Juzgado de Reus, atendiendo a la petición de la parte ejecutante, dictó, en septiembre de 2024, un decreto mediante el cual ordenó la anotación preventiva del embargo de un inmueble propiedad de la persona deudora en la zona de Tarragona. Esta medida aseguró definitivamente una garantía patrimonial sólida para cubrir tanto el principal italiano como los intereses y costas de la ejecución en España.

La anotación en el Registro de la Propiedad supone un paso decisivo en cualquier ejecución, ya que otorga publicidad registral y prioridad respecto de terceros, reforzando la posición de la persona acreedora y creando un marco seguro para la eventual realización del bien, si resultara necesario.

Un caso que refleja la complejidad de las ejecuciones internacionales

El procedimiento llevado a cabo por Baker Tilly evidencia varias de las dificultades habituales en las ejecuciones transnacionales:

  • La necesidad de coordinar procedimientos en dos países distintos, asegurando la validez formal de documentos judiciales extranjeros en España.
  • La averiguación de bienes en un territorio diferente al de la sentencia, especialmente cuando la persona deudora presenta indicios de insolvencia o escasa liquidez.
  • La tramitación sucesiva de embargos escalonados, comenzando por activos líquidos (cuentas bancarias) y continuando por bienes inmuebles cuando los primeros no resultan suficientes.
  • La aplicación combinada de normativa nacional y europea, desde la Ley de Enjuiciamiento Civil española hasta el Reglamento (UE) 1215/2012.

Pese a estas dificultades, hemos logrado asegurar la efectividad del fallo italiano y la recuperación íntegra de las cantidades reconocidas a favor de la parte cliente, consolidando nuestra experiencia en la recuperación de deuda internacional

Un equipo especializado en litigación transfronteriza

Este asunto confirma la sólida experiencia del departamento de litigación de Baker Tilly en procedimientos internacionales de reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales, así como en la localización y embargo de bienes situados en diferentes jurisdicciones. Nuestra intervención refleja el compromiso de la firma con la excelencia en la gestión de litigios complejos, con implicaciones transfronterizas y la necesidad de coordinación entre sistemas jurídicos.

Seguimos trabajando para consolidar nuestra posición como firma de referencia en España en el manejo de ejecuciones internacionales y en la defensa de intereses de clientes y clientas en entornos jurídicos multinivel.

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