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Comparación de sistemas fiscales en España y Portugal

Magalhães Afonso, Tiago Almeida Veloso 7 nov 2023

En términos estructurales, los dos sistemas fiscales son muy similares.

Los ingresos de ambos países de la Península Ibérica se concentran en el IVA, los impuestos sobre la renta y los impuestos especiales sobre el consumo (combustibles, tabaco y alcohol).

Con el Presupuesto del Estado para 2024 en proceso de presentación y discusión, el tema de los impuestos está sobre la mesa. Álvaro Beleza, líder de la Asociación para el Desarrollo Económico y Social (Sedes), recuerda que esta organización ha estado hablando durante años sobre la competitividad fiscal del país. En primer lugar, la asociación señala la urgencia de que Portugal sea competitivo con España y defiende tasas impositivas un 1% más bajas que las españolas, ya que España es un competidor directo. Ante la diversidad de los asuntos fiscales que podrían compararse, la tributación de personas individuales (IRS) es un punto de partida. Un ejercicio de cálculo para la tributación de un salario anual de 35,000 euros en España revela el pago de 2,222 euros como contribución a la Seguridad Social, lo que corresponde al 6.35% de los ingresos. También existe un límite máximo de 3,596 euros establecido para la contribución a la Seguridad Social, que puede variar si el contribuyente tiene más de 65 años o hijos. Además, hay deducciones en el impuesto sobre la renta (IRS) -cinco tramos en el régimen español- que para un salario de 35,000 euros es del 30%, lo que equivale a 6,333 euros deducidos del salario anual. En total, el ingreso anual neto después de estas deducciones es de 26,443 euros. En Portugal, el mismo ejercicio para el mismo valor de salario anual muestra que se paga un total de 12,076 euros, que es la suma de la contribución a la Seguridad Social (3,850 euros, equivalente al 11% del salario bruto) y el impuesto sobre la renta deducible (8,226 euros, equivalente a una tasa del 37%). En la práctica, el ingreso anual neto es de 22,923 euros. Los salarios portugueses están sujetos a una tributación progresiva y en 2023 hay nueve tramos de IRS, que se aplican después de descontar el valor correspondiente a la Seguridad Social.

Es importante destacar que hay ingresos relacionados con el trabajo, como horas extras, vales de comida o bonificaciones, que también pueden estar sujetos a impuestos. En resumen, ambos países tienen una tributación progresiva sobre los ingresos de las personas individuales residentes, con tasas máximas del 47% en España y del 48% en Portugal para los tramos de ingresos más altos. Portugal también tiene un impuesto adicional de solidaridad del 2.5% y del 5% aplicable a ingresos superiores a 80,000 y 250,000 euros, respectivamente. Ambos países también tienen una tasa fija aplicable a ciertos ingresos de inversión: 28% en el caso de Portugal y de 19% a 28% en el caso de España. "Dada la alta carga fiscal que afecta a los ingresos de las personas individuales, y al igual que otros países de la UE, Portugal y España tienen (al menos hasta 2023) regímenes fiscales más favorables para atraer inversiones y talento", señala Augusto Paulino, Socio de Impuestos de DFK. El régimen de residentes no habituales (RNH) en Portugal prevé la tributación de los ingresos del trabajo y los ingresos profesionales, así como de actividades de alto valor añadido, a una tasa fija del 20%. Este régimen también prevé algunas exenciones para los ingresos de fuentes extranjeras, como dividendos, intereses, alquileres, etc., y la tributación de las pensiones a una tasa fija del 10%. Este régimen se aplica a individuos que no han sido residentes fiscales en los cinco años anteriores al cambio de residencia fiscal a Portugal y es válido durante diez años. Por otro lado, el régimen español, conocido como Ley Beckham, prevé la tributación a una tasa fija del 24% para los ingresos de hasta 600,000 euros obtenidos por profesionales cualificados, emprendedores y nómadas digitales.

Este régimen es válido en el año del cambio de residencia fiscal a España y en los cinco años siguientes, y también requiere que el beneficiario no haya sido residente fiscal en España en los cinco años anteriores al cambio de residencia. Pérdida de competitividad. Augusto Paulino, señala que en lo que respecta a los "impuestos sobre la renta, los países miembros de la Unión Europea (UE) están compitiendo. De hecho, varios Estados miembros tienen regímenes fiscales favorables, por ejemplo, en la atracción de individuos. Por lo tanto, el anunciado fin del régimen de RNH, si se confirma al presentarse el Proyecto de Presupuesto del Estado para 2024, representa una pérdida de competitividad fiscal no solo frente a España, sino también frente a otros países como Italia, Grecia, entre otros", afirma el Socio de Impuestos de DFK. La decisión anunciada por Antonio Costa ha generado diversas reacciones. En cuanto a la fiscalidad empresarial, "podemos afirmar que algunas regiones en España tienen regímenes fiscales especialmente favorables para la atracción de inversiones, como las Islas Canarias, el País Vasco y Navarra. Desde el lado portugués, podemos decir que la Zona Franca de Madeira está en estado de coma inducido", considera Tiago Almeida Veloso. IRC más competitivo. "Aún así", añade el Socio de Impuestos de Baker Tilly, "en términos generales, podemos afirmar que el impuesto sobre sociedades portugués es más competitivo que el español. Esto no significa que en ciertos aspectos el régimen fiscal español no resulte más competitivo, por ejemplo, en lo que respecta a las relaciones con otras jurisdicciones. Los acuerdos que Portugal ha celebrado con otros Estados para evitar la doble imposición son muy poco interesantes cuando las empresas portuguesas desean invertir en el extranjero. España ha celebrado acuerdos más competitivos, lo que fortalece a las empresas españolas que tienen inversiones en el extranjero.

Pérdida de competitividad 

En cuanto a esto, Augusto Paulino, señala que en lo que respecta a los "impuestos sobre la renta, los países miembros de la Unión Europea (UE) están en competencia. De hecho, varios estados miembros tienen regímenes fiscales favorables, por ejemplo, en lo que respecta a la atracción de individuos. Por lo tanto, el anunciado fin del régimen de Residentes No Habituales (RNH), si se confirma al presentarse la Propuesta de Presupuesto del Estado para 2024, representaría una pérdida de competitividad fiscal no solo frente a España, sino también frente a otros países como Italia, Grecia, entre otros", afirma el Socio de Impuestos de DFK. La decisión anunciada por Antonio Costa ha generado diversas reacciones. En cuanto a la fiscalidad empresarial, "podemos afirmar que algunas regiones en España tienen regímenes fiscales especialmente favorables para la atracción de inversión, como, por ejemplo, las Islas Canarias, el País Vasco y Navarra. Desde el lado portugués, podemos decir que la Zona Franca de Madeira se encuentra en estado de coma inducido", considera, por otro lado, Tiago Almeida Veloso.

IRC más competitivo

"Aun así," agrega el Socio de Impuestos de Baker Tilly, en términos generales, "podemos afirmar que el impuesto sobre sociedades portugués es más competitivo que el español. Esto no significa que en ciertos aspectos el régimen fiscal español no resulte más competitivo, por ejemplo, en lo que respecta a las relaciones con otras jurisdicciones. Los acuerdos que Portugal ha celebrado con otros Estados para evitar la doble imposición son muy poco interesantes cuando las empresas portuguesas desean invertir en el extranjero. España ha celebrado acuerdos más competitivos, lo que fortalece a las empresas españolas que tienen inversiones en el extranjero." Tiago Almeida Veloso explica que, en "términos estructurales, los dos sistemas fiscales son muy similares," ya que los ingresos fiscales de ambos países se centran en el IVA, los impuestos sobre la renta y los impuestos especiales sobre el consumo (combustibles, tabaco y alcohol). En España, rige una tasa normal de IVA del 21%, mientras que en Portugal la tasa normal es del 23%. Sin embargo, en "términos de funcionamiento de cada impuesto, y excluyendo los impuestos armonizados a nivel europeo, naturalmente existen diferencias significativas entre los dos países," elabora el Socio de Impuestos de Baker Tilly. "Lo que es, en mi opinión, la principal diferencia, es el hecho de que en España existe una mayor independencia regional en la definición de la política fiscal. Es cierto que también tenemos esa realidad en las Regiones Autónomas de Azores y Madeira, pero en menor dimensión que la realidad española," argumenta.

¿Cuánto más se gana en España?

Las diferencias de ingresos entre los dos lados de la frontera comienzan con el salario mínimo: 820€ al mes en Portugal, 1080€ en España, un valor casi un 30% superior. En cuanto al salario promedio, en el país vecino es de alrededor de 1822€ al mes, mientras que en Portugal fue de 1411€. Ambos están claramente por debajo del promedio europeo: 2,194€ al mes.

Especificidades. Impuesto de Sello, Patrimonio y Riqueza Acumulada.

A pesar de haber alguna armonización a través de la UE, hay particularidades en España y Portugal. En un análisis de impuestos, existen claras diferencias y especificidades en lo que respecta a la tributación y la carga fiscal en cada uno de los países ibéricos. Augusto Paulino subraya que "en Portugal no existe un impuesto sobre la riqueza o fortuna ("wealth tax"), a pesar del Adicional al Impuesto Municipal sobre Inmuebles (IMI), que grava la propiedad inmobiliaria superior a 600.000€ por personas físicas, a tasas entre el 0,7% y el 1% en función del valor de la propiedad inmobiliaria", agregando que, "por lo general, tampoco existe en Portugal la tributación en la salida del país ("exit taxes") - es decir, la tributación cuando alguien deja de ser residente fiscal. Existen algunas excepciones, como es el caso del régimen de tributación de ganancias relacionadas con criptoactivos, en el que la salida del país podría dar lugar a una tributación". Por otro lado, en España, "existe un 'wealth tax' que grava los activos detenidos por individuos cuando superan los 700.000€, y las tasas pueden variar según la región de España (entre el 0,2% y el 3,5%)", y también "un 'exit tax' para personas físicas que puede dar lugar a la tributación de ganancias potenciales o latentes en caso de cambio de residencia fiscal a otro país, a tasas que varían entre el 19% y el 28%", explica el Socio de Impuestos de DFK. Por su parte, Tiago Almeida Veloso destaca que en Portugal "podemos hablar del Impuesto de Sello, nuestro impuesto residual". El experto argumenta: "Todo lo que no se puede enmarcar en los impuestos sobre la renta, el patrimonio o el consumo está sujeto al Impuesto de Sello. Desde herencias y donaciones, emisión de cheques, adquisición de inmuebles, financiamientos y garantías, premios de concursos, traspasos de establecimientos comerciales, activos de fondos de inversión y muchas otras realidades y operaciones tan distintas entre sí, todo puede encajar en el Impuesto de Sello". El Socio de Impuestos de Baker Tilly destaca que "es cierto que en España existe el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados", pero "con un alcance más limitado, centrado en las operaciones inmobiliarias".

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