
En los últimos tiempos, el marco normativo laboral ha experimentado importantes transformaciones. A ello se suma una mayor capacidad de supervisión por parte de la Inspección de Trabajo, impulsada por el uso de la inteligencia artificial, que permite el cruce automatizado de información entre organismos públicos como la TGSS, SEPE, AEAT o el INSS.
Asimismo, resulta clave reforzar los mecanismos internos de prevención y control de riesgos. En este sentido, los programas de cumplimiento normativo (compliance) se consolidan como herramientas esenciales. Estos sistemas, compuestos por políticas, procedimientos y protocolos internos, están orientados a prevenir y gestionar determinados riesgos, y constituyen una garantía de protección para la empresa.
Desde el área de Employment Advisory de Baker Tilly, animamos a las organizaciones a aplicar la normativa laboral con el máximo nivel de exigencia. Para ayudarte en este cometido, adjuntamos un resumen con las principales obligaciones para las empresas en materia laboral, con el objetivo de facilitar una revisión interna que permita verificar el cumplimiento de los puntos esenciales que se resumen a continuación:
1. Prevención de Riesgos Laborales (PRL)
Normativa reguladora:
- Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
- Criterio Técnico 104/2021 de la Inspección de Trabajo.
¿A quién va dirigido?:
- Obligatorio para todas las empresas, con independencia de su tamaño.
Imprescindible conocer:
- El objetivo es promover la seguridad y salud de las personas trabajadoras.
- Se debe disponer de:
- Evaluación de los posibles riesgos.
- Evaluar y prevenir riesgos psicosociales (estrés, burnout, acoso, carga mental).
- Planificación de la actividad preventiva.
- Formación en prevención.
- Vigilancia de la salud (voluntaria, salvo excepciones).
- Equipos de protección (EPIs).
- Coordinación con contratas/subcontratas.
- Puede gestionarse mediante servicio propio, ajeno o mancomunado.
- Debe estar en constante actualización/evaluación.
2. Registro de Jornada
Normativa reguladora:
- Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo.
- Art. 34.9 del Real Decreto Legislativo 2/2015 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
¿A quién va dirigido?:
- Obligatorio para todas las empresas, con independencia de su tamaño.
Imprescindible conocer:
- Se debe registrar el inicio y fin de jornada. Se incluye el teletrabajo.
- Los registros deben conservarse durante 4 años.
- Debe ser un sistema accesible para Inspección, RLT y trabajadores.
- El sistema de registro debe ser digital (pendiente publicación cambios donde se regulará la obligatoriedad del sistema digital y se descartará el registro manual).
3. Teletrabajo
Normativa reguladora:
- Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia.
¿A quién va dirigido?:
- Obligatorio para todas las empresas donde el teletrabajo sea regular. Para que se considere teletrabajo, como mínimo debe ocuparse con teletrabajo el 30% de la jornada en 3 meses.
Imprescindible conocer:
- Requiere acuerdo escrito con el trabajador.
- La empresa debe poner a disposición del trabajador los medios necesarios para prestar servicios.
- La empresa debe proceder a la compensación de gastos.
- Se debe efectuar una evaluación de riesgos del domicilio desde el que se presta el servicio. Para ello la evaluación de riesgos puede realizarse mediante cuestionario autodeclarativo.
- El trabajador que teletrabaja goza de los mismos derechos que el trabajador que efectúa su prestación de servicio en régimen presencial.
4. Desconexión Digital
Normativa reguladora:
- Art. 88 de la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y Garantía de los derechos digitales.
¿A quién va dirigido?:
- Obligatorio para todas las empresas, con independencia de su tamaño.
Imprescindible conocer:
- Se exige una política interna que garantice el derecho a no atender comunicaciones fuera del horario laboral.
- Se debe confeccionar el protocolo previa audiencia de la RLT.
- Debe incluir formación y medidas concretas.
5. Protocolo contra el Acoso Sexual y por Razón de Sexo
Normativa reguladora:
- Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación.
- Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación
- Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual.
¿A quién va dirigido?:
- Obligatorio para todas las empresas, con independencia de su tamaño.
Imprescindible conocer:
- Es obligatorio disponer del protocolo y de medidas preventivas.
- Formar a la plantilla.
- Procedimiento interno para canalizar denuncias.
- Se debe garantizar la confidencialidad.
6. Registro Retributivo y Auditoría Salarial
Normativa reguladora:
- Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres.
- Art. 28.2 del Real Decreto Legislativo 2/2015 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
¿A quién va dirigido?:
- Registro retributivo: obligatorio para todas las empresas, con independencia de su tamaño.
- Auditoría salarial: obligatorio para empresas con 50 o más empleados y que por tanto ya tienen un Plan de Igualdad.
Imprescindible conocer:
- Se debe llevar un registro con los valores medios de los salarios. desagregados por sexos y distribuidos por grupos profesionales.
- Las empresas con plan de igualdad tienen que efectuar también auditoría retributiva.
7. Plan de Igualdad
Normativa reguladora:
- Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro.
¿A quién va dirigido?:
- Obligatorio para empresas con 50 o más trabajadores o cuando así se establezca en el convenio colectivo de aplicación.
Imprescindible conocer:
- Se debe efectuar un diagnóstico, diseñar, aprobar y registrar el Plan.
- Implementar y efectuar un seguimiento.
- Se debe constituir una comisión negociadora con representantes de la empresa y de las personas trabajadoras.
- Se debe actualizar cada 4 años.
8. Medidas/Plan LGTBI
Normativa reguladora:
- Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI
- Real Decreto 1026/2024, de 8 de octubre, por el que se desarrolla el conjunto planificado de las medidas para la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI en las empresas.
¿A quién va dirigido?:
- Obligatorio para empresas de más de 50 trabajadores.
Imprescindible conocer:
- Se debe contar con un conjunto planificado de medidas y recursos para garantizar la igualdad real y efectiva de este colectivo.
- Se deberán adaptar manuales y procesos de RRHH.
9. Canal Interno de Denuncias
Normativa reguladora:
- Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción
¿A quién va dirigido?:
- Obligatorio para empresas de 50 o más trabajadores.
Imprescindible conocer:
- Permitirá a los empleados, sin que puedan ser sancionados por ello, la denuncia de irregularidades laborales, penales o administrativas.
- Debe ser un sistema que garantice la confidencialidad del informante.
- Se deberá designar a la persona responsable para tramitar la denuncia y el plazo para resolverla.
10. Cuota del 2% para Personas con Discapacidad
Normativa reguladora:
- Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
¿A quién va dirigido?:
- Obligatorio para empresas de 50 o más trabajadores.
Imprescindible conocer:
- Se exige la reserva del 2% de puestos de trabajo para personas con discapacidad.
- La discapacidad debe ser como mínimo de un 33%. También se incluyen a personas que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez.
- La obligación de reserva se puede sustituir por la subcontratación de servicios con un centro especial de empleo o por la realización de determinadas donaciones o acciones de patrocino.
11. Calendario Laboral
Normativa reguladora:
- Art. 34.6 Real Decreto Legislativo 2/2015 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
¿A quién va dirigido?:
- Obligatorio para todas las empresas, con independencia de su tamaño.
Imprescindible conocer:
- Se debe elaborar anualmente, antes del 1 de enero de cada año, un calendario en el que se indiquen los días de descanso laboral.
- Publicación en un lugar visible del centro de trabajo.
12. Protección de Datos, sistemas de videovigilancia
Normativa reguladora:
- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
¿A quién va dirigido?:
- Obligatorio para todas las empresas que cuenten con sistemas de videovigilancia en el ámbito laboral.
Imprescindible conocer:
- Se debe disponer de un distintivo informativo (cartel amarillo aprobado por la Agencia Española de Protección de Datos) en lugar visible.
- Se deberá informar a los trabajadores y a sus representantes de la existencia de cámaras y de su utilización como mecanismo de control laboral.
- El uso de videovigilancia con fines disciplinarios requiere información previa y proporcionalidad, según doctrina del Tribunal Supremo y del TEDH.
13. Contratación de trabajadores extranjeros
Normativa reguladora:
- Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social
¿A quién va dirigido:
- Empresas que contraten personal extracomunitario.
Imprescindible conocer:
- Obligación de comprobar que el trabajador dispone de la documentación que le permite residir y trabajar en España
- Controlar la vigencia de dicha documentación para evitar emplear a trabajadores en situación irregular.
14. Igualdad y no discriminación
Normativa reguladora:
- Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
- Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación.
- Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual.
¿A quién va dirigido?:
- Obligatorio para todas las empresas, con independencia de su tamaño.
Imprescindible conocer:
- Las empresas deben garantizar la igualdad de trato y la no discriminación por razón de sexo, edad, origen racial o étnico, religión, discapacidad, orientación sexual, identidad de género u otras circunstancias personales o sociales.
- Se deben adoptar medidas proactivas para prevenir cualquier forma de discriminación directa o indirecta en el acceso al empleo, condiciones laborales, promoción profesional, formación y retribución.
- Las empresas deben fomentar entornos laborales inclusivos y respetuosos, y pueden establecer protocolos específicos para prevenir y actuar frente a situaciones de discriminación.
15. Representantes de los trabajadores
Normativa reguladora:
- Estatuto de los Trabajadores (arts. 61 a 72).
- Ley Orgánica de Libertad Sindical y normativa complementaria.
¿A quién va dirigido?:
- A todas las empresas con representantes legales de los trabajadores (delegados de personal y comités de empresa) y secciones sindicales.
Imprescindible conocer: Los representantes de los trabajadores tienen reconocidos los siguientes derechos:
- Derecho a ser informados y consultados sobre la situación económica, contratación, formación, prevención de riesgos, etc.
- Derecho a emitir informes previos en materias como reestructuraciones, traslados colectivos, modificaciones sustanciales, etc.
- Derecho a negociar convenios colectivos y acuerdos de empresa.
- Derecho a vigilar el cumplimiento de la normativa laboral y de seguridad social.
- Derecho a promover procedimientos de inspección.
- Derecho a formación sindical y laboral.
- Derecho a disponer de un crédito horario mensual retribuido (según el tamaño de la plantilla).
- Derecho a prioridad de permanencia en la empresa en caso de despido colectivo.
- Derecho a disponer de tablones de anuncios y locales adecuados para el ejercicio de sus funciones.
- Derecho a protección frente a represalias y garantía de indemnidad.
Sabemos que el volumen de obligaciones laborales cada vez es mayor, por lo que nuestro equipo especializado podrá asesorarte a aplicar la normativa laboral con el máximo rigor técnico.