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Sentencia del Tribunal Supremo sobre precios de transferencia y sistemas de cash pooling

Mª Ángeles Mariñas 2 sept 2025

Sentencia de 15 de julio de 2025 (recurso nº 4729/2023)

El Tribunal Supremo se ha pronunciado recientemente sobre un asunto de gran interés para los grupos de sociedades que utilizan estructuras de tesorería centralizada (cash pooling).

En el caso analizado, varias sociedades del grupo participaban en un sistema de cash pooling de tipo “zero balancing”. En este esquema, los saldos bancarios de las filiales se transferían a una cuenta central, gestionada por otra entidad del grupo, que redistribuía los fondos cuando alguna sociedad necesitaba liquidez.

La controversia surgió en relación con los tipos de interés aplicados a las posiciones acreedoras y deudoras, así como con la calificación jurídica y fiscal de dichas operaciones.

Criterios fijados por el Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo, en línea con las Directrices de la OCDE sobre precios de transferencia en operaciones financieras, ha establecido doctrina en varios aspectos esenciales:

  • Simetría en los tipos de interés
    Los intereses que devengan las sociedades que aportan excedentes de tesorería deben guardar simetría con los aplicados a las sociedades que reciben financiación. No cabe aplicar tipos de interés distintos para aportaciones y disposiciones dentro del mismo esquema.
  • Referencia a la calificación crediticia del grupo
    El tipo de interés debe fijarse atendiendo a la calificación crediticia global del grupo multinacional y no a la solvencia individual de cada filial participante.
  • Funciones de la entidad central
    La sociedad que actúa como “cabecera” del cash pooling se limitaba a recibir fondos y redistribuirlos, sin asumir riesgos crediticios, de mercado ni de gestión significativos. En consecuencia, el Tribunal entiende que esta entidad no puede aplicar un margen adicional o cargar un tipo de interés más elevado por su función de intermediación.
  • Naturaleza de las operaciones
    El Supremo rechaza que las posiciones acreedoras tengan la consideración de depósitos. Se trata de préstamos intragrupo, aunque exista una entidad centralizadora.
  • Método de valoración en precios de transferencia
    El Tribunal valida la aplicación del método de comparación con operaciones entre partes independientes (CUP) como adecuado en este caso concreto, por tratarse de préstamos intragrupo sin valor añadido ni riesgos asumidos por la entidad central. No obstante, cabría la posibilidad de utilizar otros métodos de valoración si las circunstancias del cash pooling fueran distintas, siempre que respeten el principio de plena competencia y estén debidamente justificadas.

Implicaciones prácticas para los grupos de empresas

Las empresas que tengan o estén valorando implantar un sistema de cash pooling deberían:

  • Revisar los acuerdos existentes para comprobar que los tipos de interés cumplen con la exigencia de simetría.
  • Evaluar la referencia crediticia utilizada: debe atender a la solvencia del grupo, no a la de cada filial.
  • Analizar las funciones de la entidad centralizadora: si esta no asume riesgos, no procede remunerarla con un margen adicional.
  • Actualizar la documentación de precios de transferencia: justificar la aplicación del método CUP o de otro método adecuado en función de la realidad de la operación.
  • Evitar considerar las aportaciones como depósitos, dado que el Supremo las recalifica como préstamos intragrupo.
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