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DGT refuerza la deducibilidad de las retribuciones de administradores/as

Marcela González 16 jul 2026

La Consulta Vinculante V2472-06 fija tres requisitos clave para blindar fiscalmente el gasto y evitar conflictos con Hacienda

La Dirección General de Tributos, en su Consulta Vinculante V2472-06, analiza nuevamente una cuestión controvertida en el ámbito del Impuesto sobre Sociedades: la deducibilidad fiscal de las retribuciones satisfechas a los/as administradores/as sociales.

La consulta parte de un supuesto frecuente en la práctica empresarial: sociedades en las que los/as administradores/as no se limitan a funciones meramente representativas, sino que desarrollan además tareas ejecutivas vinculadas directamente con la actividad ordinaria de la compañía.

En este contexto, la DGT recuerda que el criterio determinante para admitir la deducibilidad del gasto no debe basarse exclusivamente en la condición mercantil del perceptor/a, sino en la realidad económica de los servicios efectivamente prestados y en su correlación con los ingresos de la entidad.

Así, la resolución concluye que las cantidades satisfechas a administradores/as podrán tener la consideración de gasto fiscalmente deducible cuando:

  • respondan a servicios reales y efectivamente prestados;
  • estén adecuadamente contabilizadas;
  • y exista vinculación con la obtención de ingresos o con la actividad empresarial de la sociedad.

El criterio resulta especialmente relevante porque se aleja de interpretaciones excesivamente formalistas que tradicionalmente negaban automáticamente la deducción de las retribuciones de administradores/as por su mera naturaleza societaria.

No obstante, la DGT también subraya la importancia del adecuado soporte mercantil de dichas remuneraciones. La correcta previsión estatutaria del carácter retribuido del cargo y la adecuada documentación societaria continúan siendo elementos clave para reducir la posibilidad de que se origine un conflicto fiscal.

La consulta anticipa además buena parte del debate posterior en torno a la denominada "teoría del vínculo", especialmente en aquellos casos en los que administradores/as y altos cargos directivos coinciden en la misma persona física.

Desde una perspectiva práctica, el criterio de la DGT pone de manifiesto la necesidad de revisar:

  • la redacción de los estatutos sociales;
  • los acuerdos societarios sobre retribución;
  • la delimitación de funciones ejecutivas;
  • y la documentación acreditativa de los servicios efectivamente prestados.

La resolución refuerza así una interpretación basada en la sustancia económica de las operaciones y no únicamente en su calificación formal, alineándose con una visión más flexible del principio de correlación de ingresos y gastos en el Impuesto sobre Sociedades.

En definitiva, la Consulta V2472-06 constituye un antecedente doctrinal relevante para defender la deducibilidad de las remuneraciones satisfechas a administradores/as que desarrollen funciones reales dentro de la gestión empresarial, siempre que exista soporte documental suficiente y adecuada cobertura mercantil.

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