
Cuotas de autónomos: ajustar su base antes del cierre de 2026
Regularización por ingresos reales y nueva base mínima de los autónomos societarios.
Nos encontramos ya en la recta final del ejercicio 2026. Es el momento de revisar la base de cotización del RETA para que se ajuste a la previsión real de ingresos del año y evitar que, en los próximos ejercicios, se generen liquidaciones de diferencias de cuota.
¿Cómo funciona la regularización?
Desde 2023, la cuota de autónomo se calcula según los rendimientos netos previstos, dentro de una tabla de tramos de ingresos. La cuota mensual tiene carácter provisional: al finalizar el ejercicio y presentarse la declaración de la renta, la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) cruza los datos con la Agencia Tributaria y regulariza la diferencia entre lo cotizado y lo que hubiera correspondido según los ingresos reales.
- Si se ha cotizado de más, la TGSS devuelve la diferencia.
- Si se ha cotizado de menos, reclama el importe pendiente.
Por ello, cuanto más se ajuste la base durante el año a los ingresos reales, menor será el impacto de la regularización posterior.
Calendario de cambios de base en 2026
La base de cotización puede modificarse hasta seis veces al año. El cambio surte efecto según la fecha de solicitud, estos son los próximos plazos:
| Solicitud presentada entre... | Efecto |
|---|---|
| 1 de julio – 31 de agosto de 2026 | 1 de septiembre de 2026 |
| 1 de septiembre – 31 de octubre de 2026 | 1 de noviembre de 2026 |
| 1 de noviembre – 31 de diciembre de 2026 | 1 de enero de 2027 |
Novedad 2026: autónomos societarios y familiares colaboradores
La disposición transitoria del Real Decreto-ley 13/2022 preveía que, desde el 1 de enero de 2026, la base mínima de cotización de este colectivo dejara de estar fijada en torno a 1.000 €/mes para equipararse a la base mínima del grupo 7 del Régimen General. La Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo, ha fijado esta base mínima de autónomos societarios en 1.424,40 €/mes.
- Colectivo afectado: socios trabajadores de sociedades mercantiles y familiares colaboradores de alta en el RETA al menos 90 días durante 2026.
- Incremento: la base mínima pasa de ≈1.000 € a 1.424,40 €/mes (+135 €/mes, ≈1.600 €/año, si se cotizaba por la base mínima anterior).
- Aplicación provisional en 2026: la TGSS permite seguir cotizando por 1.000 €/mes durante el año, pero no exime de la diferencia.
- Regularización de oficio en 2027: se reclamarán las diferencias no ingresadas durante todo 2026 si no se ha ajustado la base.
- Sin ajuste automático: la Administración no sube la base de oficio en 2026; la decisión y gestión corresponden al interesado.
Aunque no exista obligación de modificar la base de inmediato, mantenerla en 1.000 €/mes sin valorar la situación puede suponer, en 2027, una liquidación complementaria relevante por todo el ejercicio. Recomendamos analizar cada caso.
Recomendaciones
- Revisar la previsión de rendimientos netos de 2026 y comprobar si la base actual corresponde al tramo real.
- Si procede el cambio con efectos 1 de septiembre, presentar la solicitud antes del 31 de agosto de 2026.
- Autónomos societarios y colaboradores: valorar si conviene adaptar ya la base a 1.424,40 € o mantener la anterior de forma consciente, previendo la regularización de 2027.
👉 Desde el Departamento Laboral analizamos tu situación, calculamos la base más adecuada y gestionamos la modificación ante la Seguridad Social dentro de los plazos aplicables.